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AMOR TOXICO EN LA ERA TECNOLOGICA
Posted on June 23, 2015 at 8:08 AM |
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Estimados lectores, Hoy os traemos un estupendo reportaje de prensa realizado por la periodista Olga San
Andrés Iborra, en el que tuvo el privilegio de participar Beatriz Zarco González, letrada de AFZ Abogados. La temática del mismo no os dejará indiferentes, pues, con gran profundidad la profesional de la información, Olga, aborda la problemática que gira en torno a la violencia de género y las nuevas tecnologías. Os recomendamos su lectura encarecidamente, a fin de identificar, afrontar y solucionar situaciones como las tratadas en el reportaje. A continuación ponemos a vuestra disposición: "Amor tóxico en la era tecnológica". |
I Congreso Abogacía Madrileña con AFZ Abogados
Posted on April 30, 2015 at 7:12 AM |
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PRISION PERMANENTE REVISABLE: Nuevo Código Penal
Posted on April 15, 2015 at 6:23 AM |
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El pasado día 13 de abril, todos los miembros del despacho AFZ Abogados asistimos a el primer ciclo de conferencias organizado por las Secciones de Derechos Humanos y Derecho Penal, del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, acerca de las reformas del Código Penal que en este final de legislatura están en boca de todos. Pudimos contar con ponentes de altísima calidad, tales como: Francisco Javier Álvarez García: Catedrático Derecho Penal Universidad Carlos III Ignacio Ubaldo González Vega: Magistrado del Juzgado Penal nº 20 Madrid Eduardo Esteban Rincón: Fiscal ante el Tribunal Constitucional Gonzalo Boye Tusset: Abogado Todos ellos realizaron importantes reflexiones acerca de las implicaciones dimanantes de dicha reforma, y en concreto de la prisión permanente revisable, una relevante novedad que endurece las penas descritas hasta ahora en nuestro código penal. A fin de que todos nuestros lectores puedan comprender el alcance de la reforma en este aspecto, a continuación os explicamos someramente los datos más relevantes de la "prisión permanente revisable": 1.- Casos en los que se aplica: Supuestos de especial gravedad, como: * Asesinatos especialmente graves: asesinatos que cumplan alguna de las siguientes condiciones: - Que la víctima sea menor de 16 años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad. - Que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima. - Que el delito se hubiere cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal. * Homicidios del Jefe de estado o su heredero, de Jefes de Estado extranjeros. * En los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad. 2.- Qué implicaciones tiene: La prisión permanente prevé que las penas sean revisadas, tras el cumplimiento de 25 a 35 años, para verificar si el pronóstico es favorable a la reinserción social. Los jueces examinarán si debe mantenerse la prisión cada dos años de oficio o a petición del recluso, si bien puede no dar curso a nuevas solicitudes durante un año. Dicha reforma del Código Penal fue publicada en el Boletín Oficial del Estado en fecha 31 de Marzo del 2015 y entrará en vigor el próximo 1 de julio. La misma parece responder a las suplicas de muchos sectores, si bien, viene obteniendo las réplicas de muchos otros. En el día de ayer todos los ponentes se definieron como contrarios a la reforma, por conculcar derechos constitucionales como los recogidos en los artículos 9.3, 10, 15 25.2 de la Constitución Española. Surgieron voces críticas en dicho acto, donde se puso de manifiesto la importancia de la prisión permanente dada la falta de medios humanos y económicos necesarios para reeducar y resocializar a los presos, llegándose a señalar que lo primero es consecuencia de lo segundo. La escasez de medios para ofrecer a las personas condenadas la posibilidad real de efectuar aquellos cambios conductuales e ideológicos para conseguir vivir respetando las normas establecidas, dejando a un lado sus propios condicionamientos personales, es un precursor para hacer de los presos objetivos de dicha modificación legislativa. Recuerde que AFZ Abogados se encuentra a su entera disposición. Póngase en contacto con nosotros a través de los siguientes números de teléfono 91.899.05.15 o 606.13.89.93, o bien, a través del correo electrónico [email protected] |
La mujer: Consecuencias ante la desigualdad y la discriminación por razón de género
Posted on March 10, 2015 at 7:57 AM |
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Maravillosa fue la acogida de la Mesa redonda organizada
y realizada por las letradas de AFZ Abogados: Mariana Fernández Plaza y Beatriz
Zarco González. 184 personas inscritas tuvieron la posibilidad de
disfrutar ayer en el Aula Magna de la Universidad Carlos III de Madrid (Campus
de Getafe) de una jornada que no dejó indiferente a los asistentes. Mariana Fernández Plaza, comenzó agradeciendo a la Organización
la invitación de ambas a participar en la Semana de la Mujer como ponentes, “hemos
vuelto a nuestra casa”, declaró. Ambas fueron estudiantes de esta Universidad,
guardando un gran recuerdo de esta etapa. Tras una breve introducción del desarrollo de la mesa,
abordó el tema, de absoluta actualidad, referente a la discriminación y los
obstáculos de la mujer en la sociedad. Los números fueron clarificadores:
“60,5% de licenciadas mujeres Vs. 39,5%
de hombres salen de las Universidades en la actualidad”, además “ellas
consiguen mejores expedientes académicos que ellos”. En cambio: “la tasa de
ocupación femenina es del 40% frente al 60% masculina, y en puestos de responsabilidad
el 80% corresponde a hombres”. Las estadísticas hicieron nacer más de un suspiro
entre las incrédulas estudiantes del auditorio. Los Principios Generales de la Ley de Igualdad (Ley
3/2007) fueron examinados y criticados por la ponente, haciendo hincapié en la
necesidad de su revisión y el deber de los Poderes Públicos de concretar las
acciones a tomar, en beneficio de la igualdad efectiva. La imprecisión y ambigüedad
absoluta de los verbos empleados en la Ley (deberán realizar, procurarán
realizar…), hace, cuanto menos, plantearse que la misma es simplemente un
decálogo, que en la práctica ni se conoce, ni se cumple. Acto seguido tomó el testigo Beatriz Zarco González, que nos hizo
partícipes de las causas de la violencia contra la mujer, pues, asegura: “son
la base para destruir los abusos”. Remarcó el terrible efecto que la <<cultura
de la violencia>> atrae como medio para solucionar cualquier tipo de
conflicto, así como “el convencimiento por parte del hombre de su superioridad
respecto a la mujer”, arraigados en
nuestra cultura, y vistos como naturales hasta hace pocos años. Continuó haciendo referencia a los diversos tipos de
violencia contra la mujer, centrándose en aquellas que más víctimas anuales
dejan en el mundo: violencia en el hogar hacia la mujer; trata de mujeres y
niñas; mutilación genital femenina. Asimismo, se proyectaron las estadísticas
que recogían las víctimas de estas tipologías de violencia contra la mujer, las
cuales, sobrecogieron al público asistente. Finalmente nos habló de las terribles consecuencias
físicas y psicológicas que atraviesa la mujer maltratada, llegando en algunos
casos al suicidio. A continuación, fueron presentadas dos mujeres que dieron
testimonio del padecimiento que atraviesa una mujer discriminada y una mujer
maltratada, ambas exposiciones nos pusieron el bello de punta, y nos hicieron
caer en la cuenta de que las estadísticas proyectadas por AFZ Abogados en la
pantalla, no eran únicamente números, sino que detrás, había personas. Emotivamente el tercer abogado que conforma el despacho de AFZ, Rubén Alberquilla, entregó un ramo de flores a las valientes mujeres que voluntariamente contaron sus desgarradoras vivencias. Una vez finalizadas las historias de vida, las ponentes nos informaron acerca de las estrategias para acabar con cualquier tipo de abuso contra la mujer. Mariana nos habló de las obligaciones que tienen los poderes públicos de atajar cualquier tipo de práctica discriminatoria y propuso medidas concretas, basadas en el refuerzo del marco legal y la formación del personal al servicio de la Administración. Beatriz, se centró en la enorme labor que podemos realizar cualquiera de nosotros para contribuir a la eliminación de la violencia, haciendo especial hincapié en la educación, y en la implicación del entorno de la víctima para ayudarlas a salir del infierno en el que viven. Para concluir, pudimos disfrutar de un vídeo, grabado por
las ponentes, en el que se recogía la opinión de los hombres acerca del papel
de la mujer en la sociedad actual, y de la contribución real de éstos en las
tareas del hogar familiar. Fue instructivo y divertido a la par; y, desde luego,
abrió un intenso debate posterior entre
los oyentes. |
RETIRADA DE LA ORDEN DE ALEJAMIENTO
Posted on February 6, 2015 at 7:21 AM |
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Llevamos semanas recibiendo múltiples consultas acerca de si es posible retirar una orden de alejamiento por reconciliación de la pareja, una vez recaída sentencia firme. El equipo de AFZ ABOGADOS ha decidido dedicar una entrada de blog para contestarla, y a continuación os ofrecemos nuestras consideraciones sobre el tema:
Tras haber recaído sentencia en juicio de malos tratos, disponemos de un plazo para recurrir la condena que se haya impuesto al autor de los hechos. Este plazo nos habilita para solicitar una minoración o absolución de dicha condena, por lo que debemos estar atentos y no dejar pasar el plazo. Queremos recordaros que el procedimiento que sigue a la denuncia de malos tratos está previsto para salvaguardar, ante todo, a las víctimas, por lo que no debemos tomar a la ligera las consecuencias que se derivan de ello. |
La creación y utilización de cuentas de Twitter para comunicarse con la víctima de violencia de género quebranta la orden de protección.
Posted on March 7, 2014 at 8:30 AM |
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Hoy os traemos una novedosa noticia relacionada con la red social <<Twitter>> y las consecuencias penales que, para éste condenado, tuvo su utilización con fines ilícitos. Estamos seguros que será de vuestro interés. La Audiencia Provincial de Cuenca, Sec. 1ª, en su Sentencia 159/2013 (Rec.
117/2013), de 17 de diciembre, declara que ha existido quebrantamiento de la medida de alejamiento, ante la creación de varias
cuentas en Twitter con el fin de comunicarse con la denunciante, sin que se
acepte la alegación del denunciado relativa a que solo publicaba sus
sentimientos sin dirigir a nadie dichos comentarios. En el presente caso, la víctima se encontraba protegida por
una orden de alejamiento, con prohibición de comunicación. Durante su vigencia,
el acusado creó dos cuentas de Twitter a través de las que envió tres mensajes a denunciante, y 256 tweets entre los días 7 a 14 de octubre de
2013, referidos a ésta, así como diversas fotografías del mismo acompañado de
la misma. Por esta razón, resultó condenado como autor de
un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar del art. 468.2 CP. El
argumento defensivo empleado por el condenado se basaba en que “los mensajes
colgados en la red, no iban dirigidos a nadie, sino que solo escribía sus
sentimientos sin
referirse a ninguna persona en concreto, por lo que no se produjo acto de
comunicación alguno”. Siendo dichos argumentos rechazados por la Audiencia Provincial, ya que
las cuentas y su nombre de usuario se abrieron con denominaciones destinadas manifiestamente
a atraer la atención de su expareja y el fin perseguido por éste era comunicar
con ella, como así hizo a través de numerosos tweets, por lo que sí hubo
comunicación y, en consecuencia, quebrantamiento de la medida prohibitiva; recayendo
sobre él una pena de nueve meses y un día de prisión como autor criminalmente responsable de un delito continuado de
quebrantamiento de medida cautelar previsto y penado en los artículos 74 y
468.2º del Código Penal. Recuerde que AFZ Abogados se encuentra a su entera disposición. Póngase en contacto con nosotros a través de los siguientes números de teléfono 91.899.05.15 o 606.13.89.93, o bien, a través del correo electrónico i[email protected] |
La labor de la psicología penitenciaria en la reeducación de los condenados
Posted on March 15, 2013 at 6:46 AM |
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